Bandera Holandesa

PRECIO UNICO Y CERRADO €150,-

UNICAMENTE RESIDENTES HOLANDESAS

 registración de bandera polaca


Alternativas a la bandera holandesa se quedan limitados a


  • volver a la bandera española si fuera registrado anteriormente en españa o si es de 1998 o adelante y tiene su documentacion CE completo

  • Bandera Polaca , un registro con matricula , reconocido por la DGMM, que NO caduca.

si tu barco no tiene CE y es de antes de 97 , el proyecto de ingeniero lo hace la registración española muy caro,bastante más que los gastos de una registración de pabellón polaca.


Actualización cambios de la bandera Holandesa 20-5-2021

No residentes holandesas no van a poder ni renovar ni hacer altas nuevas desde el 1-3-2021, solo se pueden hacer BAJAS.

  • Hay un nuevo ley decreto Real Decreto 339/2021, de 18 de mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo.

El cambio más obvio es que si barcos están a disposición de residentes españolas, irrelevante de su bandera, tienen que seguir la normativa española.


Actualización cambios de la bandera Holandesa 19-12-2020

El ICP Holandés va cambiar a partir de 01-03-2021 y no residentes holandesas no van a poder ni renovar ni hacer altas nuevas, si va ser posible de pedir un certificado de baja para la vuelta al registro español o alta en otro registro. La KNWSV (qué emite el icp) va cerrar su portal en breve para implementar este cambios, es a decir que ya desde el 01-01-2021 SOLO la alta holandesa con una baja es posible. (solo hasta 1-03-2021, después de este fecha SOLO emiten BAJAS)


-ALTA HOLANDESA €150,- ( solo para residentes o nacionales holandeses.)

BAJAS: HAY QUE ENVIAR COPIA DEL ICP A INFO@BANDERA-HOLANDESA.COM Y RELLENAR EL FORMULARIO ONLINE, FIRMAR JUSTIFICANTE Y MANDAR EL ORIGINAL DEVUELTO A HOLANDA

Actualización cambios de la bandera Holandesa 26-10-2020

Desde ahora el ICP Holandés no es más válido para la navegación en aguas españolas, según informe de DGMM, no obstante muchos capitanías siguen con la situación actual y no han recibido órdenes al contrario.

La baja es necesario para la vuelta al registro español o Alta en otro registro como la Polaca.


PRECIO UNICO Y CERRADO €150,-

PRECIO UNICO Y CERRADO €150,-

Actualización cambios de la bandera Holandesa 26-10-2020

El director de la DGMM ha emitido una repuesta a una consulta técnica, aqui el enlace : https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/2020_10_27_ct_icp_holandes.pdf

El resultado directo es que ningún ICP holandés ya esta válido para la navegación en aguas españolas según el director de la DGMM, poniendo en instante en situación ilegal más de 2000 barcos sin dar un plazo o moratorium para poder sanear la situación.

09-12-2020 APARENTEMENTE hay capitanías a donde siguen aceptando el ICP holandés, llama a la capitanía donde navegas y pregunta si se puede navegar con ICP .

ES LEGAL?

Allí tengo unas dudas, no había ninguna cambio en ninguna ley relacionado al tema, ni cambios en la resolucion 13, solo un cambio en el texto del ICP holandés hace dos años, explicando que no es una declaración de nacionalidad, nunca lo era. La carta del director viene más de dos años después de este cambio ....

Pero si , el documento fue tácitamente aceptado y usado dentro la DGMM (pidiendo bajas y aceptandolos)unos 30 años incluso es fuente de multas por tener "doble registración" gente que no hicieron la baja española y tenían un icp....

ahora el razonamiento del director

" la definición de

“aguas costeras” se encuentra en la Directiva marco del Agua 2000/60/CE transpuesta en nuestro ordenamiento

en el Real decreto 1/2001, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley de Aguas (ver Art.

16.bis) y alcanza una milla desde la costa, mientras que las aguas territoriales alcanzan las doce millas estando

definidas en el art. 3 del Convenio de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CNUDMAR)"


Entonces aqui dice, que el ICP no vale para navegación en aguas territoriales , qué pasa con los ICP que 8 otros países emiten como alemania etc. van por las mismas aguas...???

También viene con la misma canción de siempre sobre el "dumping de seguridad", en primera lugar no sé si hay más accidentes en la recreo náutica en holanda que aquí, españa carece de un registro de acidentes de nautica de recreo, por lo menos no lo encuentro.

Hay simplemente una diferencia en donde ponemos la responsabilidad de la seguridad del barco, en holanda el armador, aquí te obliga el estado, resulta muchos barcos holandesas son equipado bastante mejor porque no hay una "doble homologacion (CE y DGMM) y se pueden equipar el barco con la última generación de equipos de seguridad, para ejemplo aquí te obligan llevar explosivos a bordo mientras hay alternativas homologados CE.

Ya es a ver si la situación se va mejorar con la publicación de la nueva ley que va obligar todos de bandera ajena a cumplir la normativa de seguridad española mientras tienen un "vinculo autentico con españa" (será cuenta bancario o bien embargable) y como lo van a gestionar? no creo los capitanías tienen la capacidad de gestionar tal avalancha de solicitudes . Muchos puertos cerca de fronteras van a tener buena sorpresa, especialmente en la gama de 15m+ .

SOLUCIONES?

El problema es, que de golpe, se han puesto un buen número de barcos en situación de no poder navegar y ser multable, para muchos , los que han sido registrado anteriormente en españa, se han facilitado la vuelta algo , sin pedir demasiado papeleo y LA BAJA DE BANDERA HOLANDESA podría servir para documentar una transferencia de propietario si lo hubo, y te van a pedir una compraventa con sello de ITP pagado.

https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/is_3-2019.pdf

Inspección ITB casi seguro lo habrá en todos los casos,(tu capitanía decide si hace falta) ahora llegamos al punto; La nueva ley que va salir va tener normativas distintos, y según las palabras del director de la DGMM va salir este año, si se hace la inspección ya , posiblemente te obligan equipamiento que en unos semanas después ya no hace falta....

Se podrá optar pàra otra bandera, como para ejemplo la polaca y para los barcos (que no han sido registrado en españa anteriormente) de antes del 98 , que no tienen certificado CE posiblemente la única opción viable. Pero con la nueva ley también habrá que hacer el ITB pero con la normativa nueva, LA BAJA DE BANDERA HOLANDESA puede servir como certificado de baja requerido por los polacos.

Realmente todo es un cálculo de gastos , cual opción es la adecuada por tu situación y hasta que no sale la ley nueva será imposible de decir algo con certeza.

Cada situación es distinto y requiere su propio solucion, estamos trabajando para tener una solución listo para la mayoría de los situaciones, el consejo de ahora es si puedes, retrasa la decisión lo más posible. Para ejemplo , la dgmm , dando cuenta de la cantidad de gestiones que van a afrontar puede decidir que que el icp holandés si es válido en conjunto de una licencia de navegabilidad española o similar porque el tema del equipo de seguridad ya está saneado.....simplemente un escenario.....

19-12-20

En practica, sigue el status quo, no se han emitido órdenes para multar ni a la DGMM ni Guardia Civil y nos consta ninguna multa. Solo que algunos administradores de algunos puertos rechazan el documento(canarias)

Últimos cambios de la bandera Holandesa y Belga 2018

A raíz de un incidente con un buque de una ONG por la costa de Italia, el gobierno Holandés ha decidido de cambiar el formato del ICP (la certificación Azul) y ahora pone en el campo de “bandera” en vez de “Dutch” (holandés) “no aplicable”

Bandera holandesa; la que se vende es el ICP . lo cual no es una matriculación, ni una registración, es un documento emitido por la federación náutico holandesa baja auspicias del ministerio de fomento holandés.

En Holanda no es obligatorio registrar barcos, pero muchos holandeses llevan su barco de vacaciones, entonces, para tener alguna identificación en el extranjero se han creado el International Certificate of a Pleasure craft (ICP), lo cual identifica; el propietario, los datos básicos del barco y el puerto, el documento está reconocido internacionalmente dentro todo la CE y países lindando el mediterráneo, pero el documento NO da nacionalidad al barco en el sentido del art.91 y 94 del tratado UNCLOS.

El ICP es emitido bajo la Resolución Nr. 13, Rev, Art. 1 b de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE / UNECE) y muchos países lo emitan, está en uso por todos los países de la CE (salvo portugal) y unos cuantos más como Marruecos y Turquía aun solo ratificado por 13 países(lista), pero se entiende la ratificación sirve para poder emitir el documento y no para aceptarla su uso. Holanda emita como único país un ICP a no residentes de otra nacionalidad, gracias un articulo 311 del código civil mercantil y es la razón que tienes que firmar un documento de representante.



hay nueva real decreto belga que va tener efecto 1-9-2019, en resumen; para poder abanderar en Belgica te hace falta que 50% del barco está en manos de un nacional belga o residente belga, ya ni es posible de renovar o transferir.